A- de 2020
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Ruben Dario Caviedes Celis·Demandado Emevasi S.A. E.S.P
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
- Factor territorial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Neiva y el Juzgado Promiscuo Municipal de Sibundoy (Putumayo).
La controversia entre las autoridades judiciales involucradas se generó por las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Teniendo en cuenta que ambos despachos tienen competencia para tramitar la solicitud de amparo, la Corte considera que debe asignarse a la primera autoridad que fue asignada, esto es, el Juzgado Cuarto Civil Municipal de Neiva, a donde se dispone remitir el expediente para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Al otro operador jurídico se le advierte que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por el superior jerárquico común al tenor de lo dispuesto en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 7 de agosto de 2020, proferido por el Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Neiva (Huila), dentro de la accion de tutela interpuesta por Ruben Dario Caviedes Celis, como representante legal de la empresa Surcolombiana de Seguridad LTDA, contra la Empresa de Energia del Valle del Sibundoy EMEVASI S.A. E.S.P.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3890 al Juzgado
- Cuarto. Civil Municipal de Neiva (Huila), para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a la que haya lugar.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Sibundoy (Putumayo) que, siempre que se considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por el superior jerarquico comun al tenor de lo dispuesto en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la ley y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por intermedio de la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al accionante y al Juzgado Promiscuo Municipal de Sibundoy (Putumayo) la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.